Si, si las rentas que percibieron durante dicho año superaron los límites de la obligación de declarar. Los importes se aplicarán en sus cuantías integras, con independencia del número de días que comprenda el periodo impositivo del fallecido, y sin que proceda su elevación al año. La obligación de presentar la declaración se transmite a los herederos.
Las subvenciones y otras ayudas que hayan percibido los autónomos de las Comunidades Autónomas tributan como rendimientos de actividades económicas, salvo que la normativa que las ha aprobado establezca un régimen distinto.
En el caso de los autónomos a los que la Seguridad Social les haya exonerado o devuelto las cuotas de autónomos, deberán tener especial cuidado en no incluir estas cuotas como gasto deducible del ejercicio.
Los trabajadores por cuenta propia, es decir, los autónomos, que se hayan acogido a la llamada prestación extraordinaria por cese de actividad la deberán incorporar en su Declaración de la Renta 2020 como rendimiento del trabajo, y al considerarse como tal, podrán deducirse, en concepto de otros gastos y con carácter general, 2.000 euros.
Aquellos contribuyentes que hayan percibido el Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la autoliquidación de la renta, aunque dichas percepciones pudieran estar exentas.
Las mujeres con hijos menores de tres años pueden ver minorada la cuota diferencial del IRPF hasta 100 euros mensuales por cada hijo menor de tres años, siempre que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y por la cual estén dados de alta.
Ahora bien, la situación de ERTE total para una trabajadora también pude afectar a la deducción por maternidad porque en estos casos el contrato de trabajo queda suspendido y se causa baja en la Seguridad Social. Por tanto, no se cumplen los requisitos para disfrutar de esta deducción. No obstante, esta deducción si se mantendrá si el ERTE es parcial, que supone una reducción de jornada y en cuya situación se sigue cotizando.
Con carácter general, los rendimientos del trabajo se imputan al periodo impositivo en que sean exigibles para su perceptor. Ahora bien, la Ley del IRPF establece dos reglas especiales para los casos en los que los rendimientos del trabajo no se hayan satisfecho en el momento en el que fueron exigibles:
Por encontrarse pendiente de resolución judicial, se declararán en el periodo impositivo en que la resolución adquiera firmeza.
Por circunstancias justificadas no imputables al contribuyente, en este caso, los rendimientos del trabajo cuyo pago se haya retrasado se declararán en el ejercicio en que fueron exigibles, practicándose, en su caso, autoliquidación complementaria, sin sanción ni intereses de demora ni recargo.
Esto quiere decir que aquellos contribuyentes que hayan percibido en 2021 rendimientos de trabajo correspondientes a 2020, incluidas las prestaciones del SEPE, tendrán que declararlos en la Declaración de la Renta de 2020. Por el contrario, los contribuyentes que no hayan percibido la totalidad o parte de los rendimientos del trabajo por encontrarse pendiente de resolución judicial, por ejemplo, por haber impugnado el ERTE, los declararán en el ejercicio en el que la resolución judicial sea firme.
Sí, puede afectar y de manera negativa. Si el contribuyente ha causado baja por enfermedad, percibiendo la correspondiente prestación del INSS o de la Mutua, y si esta fuera superior a los 1.500 euros, habrá tenido al menos dos pagadores durante el 2020, reduciéndose a 14.000 euros el límite de ingresos a la hora de estar obligado a declarar.
Bien declarar la cantidad correcta informándose con el SEPE.
Bien esperar a que el SEPE regularice la situación durante la campaña de la Renta.
Si el contribuyente no logra conocer el importe que tiene que devolver al SEPE, deberá realizar la declaración conforme a los ingresos realmente percibidos y pagar los correspondientes impuestos. Cuando reintegre las cantidades indebidamente percibidas del SEPE, podrá rectificar su declaración y recuperar los impuestos pagados de más.
Sí, los residentes de algunas Comunidades deberán pagar más que los residentes en otras. El impacto de los dos pagadores será mayor en las Comunidades Autónomas con tipos marginales mínimos del IRPF más elevados, lo que ocurre en Aragón, Asturias, Baleares, Cataluña, Extremadura, Murcia y Navarra, aunque Cataluña tiene una deducción que intenta paliar esta situación.
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