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Las dietas ¿forman parte de la indemnización por despido?

por Asred.es

Las dietas y las compensaciones por alojamiento y manutención deben incluirse en el cálculo de las indemnizaciones por despido cuando tengan carácter salarial.

Estos conceptos tienen carácter salarial cuando son percibidos por quienes, a pesar de trabajar fuera de su residencia habitual, son contratados en el lugar en el que prestan sus servicios. Estas cantidades tienen carácter salarial porque se abonan​ aunque  ninguna norma obliga a su pago,  por  ello, deben incluirse en el cálculo de las indemnizaciones por despido. (Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dictada en  unificación de doctrina, con fecha 16 de febrero de 2015).

El FOGASA no resuelve en 3 meses ¿Se desestima la reclamación?

por Asred.es

​El Tribunal Supremo  declara que cuando se solicitan las prestaciones del FOGASA  y éste no contesta en el plazo previsto legalmente (3 meses), la solicitud debe considerarse aprobada por silencio administrativo positivo. Una ​resolución expresa posterior denegatoria no afecta a los derechos ya adquiridos por esta causa.