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Primer despido procedente por negarse a llevar correctamente la mascarilla anti COVID19

por Asred.es 0 Comments

El Juzgado de lo Social número 6 de Santander ha declarado procedente el despido de una trabajadora de la sección de pescadería de un supermercado, por no seguir las indicaciones de su superior para que se colocara adecuadamente la mascarilla, para prevenir un contagio de coronavirus, y dirigirse en tono amenazante a la clienta que lo había denunciado.

En una sentencia notificada recientemente, la magistrada considera que la actuación de la trabajadora “debe encuadrarse dentro de las faltas muy graves” que llevaron a la empresa a despedirla, informa Efe.

Según el relato de la sentencia, en mayo del año pasado una clienta del establecimiento “se dirigió a la responsable de la tienda para quejarse de que la dependienta de pescadería, al decirle que no llevaba bien puesta la mascarilla, puesto que la tenía por debajo de la nariz, le había contestado que ella (la clienta) no era policía para decirle lo que podía hacer”. Ante esta situación, la encargada se dirigió junto con la clienta a la sección de pescadería y “recriminó a la empleada el uso incorrecto de la mascarilla y el trato a la clienta”.

Entonces, según recoge la sentencia, la dependienta se dirigió a la cliente con expresiones como “si no te gusta, te vas” o “si quieres lo arreglamos en la calle, sin uniforme”. La encargada del establecimiento “intentó calmar a la actora, sin conseguirlo” y, finalmente, se fue con la clienta, a la que pidió disculpas.

La empresa consideró que la trabajadora había cometido tres faltas graves: vulneración de las normas de seguridad; falta notoria de respeto o consideración al público, y malos tratos de palabra u obra. Además, la empresa acusó a la empleada de abuso de autoridad, falta de respeto y consideración a jefes, compañeros y público en general.

Por ello, en junio le fue comunicado el despido disciplinario. La juez consideró la actuación de la empleada como una falta grave que le imputó la empresa. El fallo dice que la mujer “estaba trabajando con un producto no envasado, el pescado, por lo que debe respetar la prevención de riesgos laborales de la empresa”.