La externalización de servicios no impide alegar causas económicas

por Asred.es

La externalización de servicios dirigida a aumentar los beneficios de la empresa se enmarca en el legítimo ejercicio de la libertad de empresa. Esta estrategia empresarial no impide que se pueda alegar una disminución persistente del nivel de ingresos para adoptar una medida de despido objetivo por motivos económicos.​

Pronunciamientos judiciales relacionados con este tema
– la externalización de servicios no impide que se puedan alegar la disminución persistente del nivel de ingresos (TS 29-12-14, EDJ 276471);
– no es necesario esperar a experimentar pérdidas; se puede invocar aunque los resultados sean positivos (AN 11-3-13, EDJ 25496);
– en los ingresos computables no se contabilizan las ganancias atípicas de carácter excepcional derivadas de la realización de actividades no corrientes. El concepto de ventas no se circunscribe a las ordinarias (TSJ Madrid 19-12-13, EDJ 280385);
– si la empresa forma parte de un grupo de empresas, se debe tomar en consideración la situación económica de todo el grupo (TSJ Cataluña 23-5-12, EDJ 100578).