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RECTA FINAL IRPF 2023: 19/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES:  CRIPTOMONEDAS. -Si ha adquirido criptomonedas y las ha vendido este año, generando ingresos en euros, estará sujeto a tributación por la diferencia entre el valor de adquisición y el importe obtenido en la venta. Asimismo, en el caso de haber realizado un intercambio de una criptomoneda por otra, deberá calcular la correspondiente ganancia o pérdida patrimonial.

SI  posee criptomonedas y planee venderlas para obtener beneficios, si lleva a cabo la transacción antes del 31 de diciembre de este año, deberá tributar por esos beneficios en la declaración de la Renta que se presentará entre abril y julio de 2024. Por otro lado, si decide posponer la venta para el próximo año, declarará el beneficio en la declaración de la Renta correspondiente al periodo entre abril y julio de 2025.

RECTA FINAL IRPF 2023: 18/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES:  COSTAS JUDICIALES. -En el caso de tener derecho a recibir costas procesales de la parte contraria tras ganar un juicio, deberá contabilizar una ganancia patrimonial que resulta de la diferencia entre la cuantía recibida y los gastos asociados a honorarios de abogado y procurador. Por lo general, la cantidad de las costas procesales coincide con esa cifra, lo que implica que el efecto suele ser neutro.

RECTA FINAL IRPF 2023: 17/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES:  VENTA DE VALORES. -Si tiene la intención de compensar las pérdidas derivadas de la venta de valores, ya sea cotizados o no, en el año 2023, tenga en cuenta que no podrá adquirir valores de la misma empresa en un período de 2 meses antes o después, en el caso de acciones cotizadas, y un año si no cotizan. En esta situación, las pérdidas se integrarán a medida que venda los nuevos valores, siempre y cuando esas ventas sean definitivas, independientemente de que generen ganancias o pérdidas.

RECTA FINAL IRPF 2023: 16/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES:  VENTA A PLAZOS. -Si tiene planes de vender algún activo, considere la posibilidad de optar por la regla especial de operaciones a plazo. De este modo, puede declarar la renta generada conforme a la exigibilidad de los cobros. Es esencial que haya un calendario de pagos acordado, y el vencimiento del último plazo debe ocurrir, como mínimo, un año después de la venta.

RECTA FINAL IRPF 2023: 14/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES: TRANSMISION VIVIENDA HABITUAL. – Todo contribuyente tiene la posibilidad de eximir la ganancia generada al vender su residencia habitual. Sin embargo, si el individuo no alcanza la edad de 65 años o no es catalogado como gran dependiente, esta exención solo aplicará si reinvierte el monto obtenido en la adquisición de otra vivienda habitual dentro de un período de dos años.

RECTA FINAL IRPF 2023: 13/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES: CESE DE LA OCUPACION EFECTIVA DE LA VIVIENDA HABITUAL POR SEPARACION, DIVORCIO O NULIDAD. – En situaciones de separación, divorcio o nulidad matrimonial que hayan llevado al cese de la ocupación efectiva de la vivienda habitual por parte de uno de los cónyuges debido a cualquiera de estas circunstancias, se considerará que se cumple el requisito de ocupación de la vivienda en el momento de la transmisión o en los dos años previos. Esto se aplica con el fin de obtener la exención de la ganancia patrimonial que surge en dicha transmisión.

RECTA FINAL IRPF 2023: 12/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES: DIVORCIO. – En el caso de un divorcio y si el matrimonio estaba bajo el régimen de gananciales, o si se disuelve la sociedad de gananciales, no estará sujeto a tributación por la ganancia patrimonial derivada de la extinción del condominio. Sin embargo, es importante tener precaución, ya que esta exención se aplica únicamente cuando no se producen excesos en la adjudicación de bienes.

RECTA FINAL IRPF 2023: 11/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES: VENTA DE INMUEBLES. – En caso de venta de un inmueble en el que ha realizado mejoras, es esencial tener en cuenta incluir el costo de dichas mejoras al calcular el valor de adquisición total. En estas circunstancias, el precio de venta se divide en dos componentes: el correspondiente al valor original de adquisición y el asociado a las mejoras realizadas.

RECTA FINAL IRPF 2023: 10/26

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GANANCIAS PATRIMONIALES: SUBVENCIONES A LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS. – En el caso de que la comunidad de propietarios de un inmueble de su propiedad haya recibido subvenciones de una entidad pública, como por ejemplo, para abordar problemas de aluminosis, instalar un ascensor o actualizar los contadores de electricidad, es importante tener en cuenta que deberá declarar fiscalmente la parte proporcional correspondiente. Esta declaración se realizará de acuerdo con el coeficiente de propiedad que le corresponda en el edificio, considerándose estas ayudas como ganancias de patrimonio.